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Divorcios en sede Notarial


Requisitos

Qué haya transcurrido 2 años desde la celebración del matrimonio. Minuta firmada y con huella dactilar de cada uno de los cónyuges. La minuta deberá estar firmada por un abogado.
Los cónyuges deberán presentar sus Documentos de Identidad.
Deberán presentar su partida de matrimonio (de una antigüedad no mayor a 3 meses)
Declaración Jurada de no tener hijos menores de edad. En caso tengan hijos menores, deberán presentar una sentencia judicial firme ó acta de conciliación, en que se llegue a un acuerdo respecto de la tenencia, régimen de visitas y alimentos de los menores.
Partida de nacimiento de los hijos menores de edad (antigüedad no mayor a 3 meses)
Testimonio de separación de patrimonios con la constancia de inscripción en los Registros Públicos. Será necesario en caso la sociedad conyugal tenga bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
Declaración Jurada del último domicilio conyugal.
Se aceptan poderes por Escritura Pública para representar a alguno de los cónyuges en la solicitud y en la audiencia. Si alguno se encuentra en el exterior, podrá presentar un poder consular.
Los interesados deberán contar con un abogado que los patrocine en la audiencia de separación convencional.

Para mayor información

Póngase en contacto con la Sra. María Arones a los teléfonos 452-5008 ó 719-8287, anexo 101.